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Datos principales


Rango

Final franquismo

Desarrollo


Además de la reforma sindical, el Gobierno de 1965 emprendió tres medidas institucionalizadoras fundamentales como la Ley de Prensa, la Ley Orgánica del Estado y la definición de un sucesor a la jefatura del Estado. La reforma de la normativa de prensa habría de tener unas consecuencias decisivas en la transformación de la cultura política de los españoles. Con la nueva Ley se ponía fin a una etapa de prensa orientada, rígida y bajo unas normas excesivas de censura. Aunque Manuel Fraga anuncie desde el comienzo de su gestión la reforma, la realidad fue que tuvo que ser elaborado un rosario de borradores debido a las prevenciones hacia la libertad de prensa de Franco y de buena parte de la clase política del régimen. Como resultado de ello, la Ley de prensa de 1966 contemplaba innumerables cautelas. Se consideraba como delito todo lo que atentase no sólo contra el jefe del Estado sino contra los vagos principio del Movimiento o la moralidad social. El Estado controlaba la difusión de las noticia del extranjero a través de la Agencia EFE, podía secuestrar preventivamente una publicación o recurrir a las sanciones administrativas. La libertad de expresión quedaba encorsetada bajo la invocación de la verdad, la moralidad o el respeto a las personas y las instituciones. Por si fueran pocas estas limitaciones, la posterior modificación del Código Penal y la Ley de secretos oficiales de 1968 habrían de restringir todavía más la posibilidad de una libre expresión de ideas.

La realidad fue que la propia normativa de la Ley condujo a una multiplicación de expedientes seguidos de multas entre 1968 y 1969. Durante lo que restaba de dictadura el Ministerio de Información abriría hasta 210 expedientes de los que 61 terminaron en sanción. Además, el Gobierno podía cambiar la titularidad y orientación política de un diario mediante el simple procedimiento de modificar la inscripción en el registro. Los incidentes más sonados fueron el cambio de titularidad de diarios nacionales como El Alcázar y el cierre, seguido de voladura, del diario Madrid. La proliferación de choques entre la prensa y el Gobierno condujo a una espiral sancionadora con la que Fraga pretendía acallar las críticas de sus adversarios en el seno del Régimen. El mero hecho de que la acción de gobierno fuera discutida en la prensa era objeto de reacción adversa entre la mayoría del equipo ministerial. Para el tecnócrata Laureano López Rodó no se podía admitir que el Gobierno se sentara continuamente en el banquillo de los acusados. A pesar de estas limitaciones y de la reacción adversa de la mayoría de la clase política franquista, la reforma de la prensa permitió la multiplicación del número de publicaciones (hasta ocho nuevos diarios). El hecho más positivo consistió en que la prensa fue jugando el rol de tribuna de papel que permitió la difusión de unas elementales normas de convivencia democrática. La otra medida institucionalizadora importante, la Ley Orgánica del Estado, aprobada mediante referéndum nacional en diciembre de 1966, respondía a un proyecto de Carrero de 1958 alternativo a los planes de Arrese.

Sin embargo, el proyecto no volvió a ponerse sobre el tapete hasta finales de 1964. Otros ministros y diplomáticos como Fraga, Silva Muñoz o Garrigues elaboraron proyectos constitucionales propios pero finalmente fue el del almirante el que habría de prevalecer. Las habituales largas dilatorias de Franco se encontraron con una unánime presión del Consejo de Ministros en abril de 1965. En realidad, Franco estaba de acuerdo con la confirmación de la condición monárquica del régimen pero no acababa de decidirse por el papel que tenía que jugar en el futuro el partido único. Al final, el Gobierno terminó descartando los proyectos que regulaban de manera precisa la organización del Movimiento o la tentativa del mismo de asegurarse una parcela autónoma de poder. En este sentido, el ministro-secretario general del Movimiento sería designado directamente por el jefe del Estado y del Gobierno y no mediante una terna elegida por el Consejo Nacional del Movimiento. El criterio del segundo en la sombra del Régimen, el almirante Carrero, terminó imponiéndose sobre el del propio vicepresidente del Gobierno, el ministro del Movimiento o el ministro de Marina, almirante Nieto Antúnez. La Ley Orgánica del Estado (LOE) definía una especie de monarquía limitada por las doctrinas e instituciones de un Movimiento Nacional que pasaba a considerarse más comunión de todos los españoles que una organización de partido único.

Por otro lado, la LOE mantenía la representación corporativa mediante las familias, el municipio y los sindicatos frente al sufragio universal con pervivencia del Movimiento defendido por Manuel Fraga. No obstante, la introducción de elecciones directas para procuradores familiares conllevaba cierta atención a la opinión pública. Se elegían dos procuradores por provincia, sin tener en cuenta el tamaño de la población y sin que existieran asociaciones políticas que encauzasen el voto. Además, la posibilidad de que existiera un grupo crítico de procuradores familiares en las Cortes fue enseguida cortocircuitada por el Ministerio de Gobernación. A partir de 1967, el desarrollo de los enunciados de la LOE habría de enconar aún más los ánimos en el seno del Consejo de Ministros. Para un sector de la clase política del régimen y de la oposición moderada, las nuevas leyes que desarrollaban la LOE fueron un verdadero jarro de agua fría. En enero de 1967, Carrero presentó borradores de disposiciones sobre representación familiar, Sindicatos y Movimiento. La aprobación en mayo de 1967 de la Ley Orgánica del Movimiento y del Consejo Nacional parecía un retorno a los esquemas de organización del partido único frente a la denominación de comunión política de todos los españoles. Esta Ley fue considerada un retroceso no sólo por el sector tecnócrata, liderado por López Rodó, sino por Silva Muñoz o Fraga. A partir de entonces, las discrepancias en el seno del Consejo de Ministros no hicieron sino acentuarse. De poco sirvió la sustitución de Muñoz Grandes en la Vicepresidencia del Gobierno, pues Solís intentó a través de la reforma sindical y de las asociaciones lo que no había conseguido con la reforma del Movimiento: el mantenimiento de un reducto falangista de poder ajeno al Gobierno y a las expectativas de la Sucesión. A la altura del verano de 1968, el almirante Carrero planteaba a Franco la necesidad de un reajuste del Gobierno que sustituyera a sus principales adversarios.

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