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Datos principales


Rango

Restauración

Desarrollo


Los partidos monárquicos de la Restauración respondían a un modelo de partido perfectamente definido en los sistemas liberales europeos del siglo XIX, de sufragio restringido. Llamados partidos de notables o parlamentarios, ambas denominaciones reflejan sus características más importantes: el estar dominados por unos pocos individuos, que tenían una base electoral propia y estable, y el hecho de que el Parlamento fuera el espacio fundamental donde se desarrollaba su vida, en torno a la redacción de las leyes y a la actuación del gobierno, y donde los elementos diferenciadores eran básicamente ideológicos. Partidos compuestos y controlados por la clase propietaria -aristocrática y burguesa- surgida con la revolución liberal, y por elementos de las clases medias que, ante la falta de oportunidades brindadas por el escaso desarrollo de las actividades económicas, tenían en la vida política uno de los medios más importantes de movilidad social -el caso de Cánovas, hijo de un maestro de escuela y sin fortuna personal en absoluto, es, en este sentido, paradigmático-. Importa resaltar, por tanto, lo que no eran estos partidos: no eran partidos definidos por, ni dedicados a, la defensa de intereses económicos específicos; tampoco eran partidos de masas, con una organización amplia y centralizada, y esencialmente dependientes de la opinión pública expresada en las elecciones; por el contrario, en éstas sólo intervenía una pequeña parte de la población cuyo comportamiento estaba determinado más por influencias personales y factores locales que por grandes principios o planteamientos políticos nacionales.

El sistema de la Restauración fue bipartidista, ya que sólo dos partidos -en el período de nuestro estudio, el conservador de Cánovas y, tras la muerte de éste, de Silvela, y el liberal de Sagasta- ejercieron el poder (con la excepción del gobierno de tres meses, en 1883, de la Izquierda Dinástica). Este hecho no fue, en último término, el resultado espontáneo del desenvolvimiento de la vida política, ni la consecuencia de la aplicación de un determinado sistema electoral, sino algo impuesto desde arriba, mediante la decisión de la Corona de otorgar el decreto de disolución de Cortes a unos partidos concretos, y gracias a los medios empleados por estos partidos para obtener siempre en las elecciones una amplia mayoría parlamentaria. De todas formas, ni Alfonso XII ni María Cristina de Austria se comportaron arbitrariamente en el ejercicio de la regia prerrogativa por excelencia -el encargo de formar gobierno y la firma del decreto de disolución de Cortes y elección de otras nuevas-. Su función era valorar la capacidad real que cada partido tenía de ejercer la labor de ordenación de la vida política e intermediación social que el sistema les encomendaba. En ninguna parte estaba escrito, ni formaba parte del proyecto original de Cánovas, que la alternancia fuera regular y frecuente -como de hecho ocurrió-, ni que ningún partido estuviera incapacitado para obtener dos veces seguidas el decreto de disolución de Cortes.

De hecho, los conservadores -aunque no gobiernos presididos por Cánovas- obtuvieron sucesivamente el encargo de celebrar elecciones en 1876 y 1879. Parece que Alfonso XII estuvo dispuesto a otorgar el decreto de disolución a la Izquierda Dinástica en enero de 1884 -es decir, a una fracción liberal después de que otra fracción del mismo partido hubiera organizado las anteriores elecciones, en 1881- pero fueron los mismos izquierdistas, Moret, en concreto, quien rechazó la oferta del monarca porque no se consideraba con medios suficientes para ganar las elecciones (como todo ministro de la Gobernación debía hacer). Y en 1890 no se descartaba en absoluto que los liberales pudieran seguir gobernando, después de llevar cinco años en el poder. Si los partidos se sucedieron tan regular y frecuentemente en el gobierno, fue por las propias circunstancias políticas y, en especial, por problemas de divisiones internas.

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