Jerarquías
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Datos principales
Rango
Periodo prerromano
Desarrollo
En las sociedades primitivas actuales estudiadas por Morgan y los antropólogos en general se ha descubierto siempre algún tipo de jerarquía, tanto de índole política, como militar o religiosa. Lo mismo sucede en la Antigüedad, como vemos en las sociedades que nos son más conocidas, el mundo helénico y el romano. En la Grecia de Homero la autoridad permanente estaba representada por el consejo (boule), primitivamente formado por los jefes de genos; junto a él, estaba la asamblea del pueblo (agora) y también tenían un jefe militar (basileus). En Roma la situación es similar, aunque en ninguna parte se menciona la elección de los jefes (principes). No obstante, si seguían la norma general de elegir todos los puestos, comenzando por el rey, por aclamación, se puede admitir que el mismo orden regía respecto a los jefes de las gentes (principes). Referido a la zona indoeuropea de Hispania también se aprecia cierta jerarquización, que se pone de manifiesto en los banquetes, como narra Estrabón en su libro 3, 3, 7, refiriéndose a las poblaciones montañesas, desde los galaicos hasta los vascones y el Pirineo. "Comen sentados sobre bancos construidos alrededor de las paredes, alineándose en ellos según su edad y dignidad". Se trataba, según Estrabón, de jerarquías basadas en la edad y la dignidad, pero no en la capacidad económica. La edad es algo biológico, lo que nosotros llamamos madurez; pero lo que no sabemos es en qué consistía la dignidad (término griego timé = dignidad, estimación, honor, consideración pública) y cómo se alcanzaba.
En opinión de Lomas este segundo término estaría contrapuesto a la edad (término griego helikía) y sería casi privativo de la juventud. Estas jerarquías en la cultura castreña, que ocupa gran parte del territorio a que se refiere Estrabón, se han puesto en relación con las denominadas "joyas castreñas", que podían haber sido llevadas como exponente de distinción social o por ciertas personas, los oficiantes del culto, que podían ser estos mismos individuos. Pero es que, además, en la epigrafia de la zona tenemos suficiente constancia de estas jerarquías: 1. En el primer pacto de la Tabla de Hospitalidad de los Zoelas (27 d. C.) se renovó un antiguo pacto de hospitalidad entre los representantes de las unidades indígenas afectadas, dando validez al mismo Abieno, hijo de Pentilo, magistratus Zoelarum (magistrado de los Zoelas), 2. En el pacto de hospitalidad de El Caurel, Lugo (28 d. C.), el pacto se realiza entre el propio Tillego, hijo de Ambato, y los magistrados (abreviatura mag. en la inscripción) de los Lougos del castellum Toletense, Latino hijo de Aro y Aio hijo de Temaro. 3. En una inscripción aparecida en Vegadeo, Asturias (Diego Santos, ERA n° 14), aparece un princeps Albionum. García y Bellido interpreta este término como un jefe o caudillo, un personaje importante de la tribu (sic) de los Albiones. Es posible que también haya un princeps en la inscripción de Paredes de Nava, Palencia (CIL II 5762), zona de unidades organizativas indígenas y no de castella.
4. En una inscripción de Lugo (CIL II 2585) es mencionado también un princeps, de acuerdo con la nueva lectura ofrecida por Arias, Le Roux y Tranoy (Les inscriptions romaines de la province de Lugo, n° 34). 5. En la Tabula Contrebiensis los contrebienses que intervienen como jueces del litigio son denominados praetor en un caso y magistratus en cinco. 6. En una inscripción de Pedrosa del Rey, zona de vadinienses y, por ello, de unidades indígenas suprafamiliares, según la lectura que de ella hacen J. Mangas y J. Vidal, por ellos publicada, tendríamos otro princeps. Probablemente haya que pensar que títulos como magistratus, praetor y princeps, todos ellos latinos, deben ser una interpretación romana de las magistraturas indígenas, que aparecen también en algunas otras áreas del Mediterráneo en las narraciones de la conquista romana .
En opinión de Lomas este segundo término estaría contrapuesto a la edad (término griego helikía) y sería casi privativo de la juventud. Estas jerarquías en la cultura castreña, que ocupa gran parte del territorio a que se refiere Estrabón, se han puesto en relación con las denominadas "joyas castreñas", que podían haber sido llevadas como exponente de distinción social o por ciertas personas, los oficiantes del culto, que podían ser estos mismos individuos. Pero es que, además, en la epigrafia de la zona tenemos suficiente constancia de estas jerarquías: 1. En el primer pacto de la Tabla de Hospitalidad de los Zoelas (27 d. C.) se renovó un antiguo pacto de hospitalidad entre los representantes de las unidades indígenas afectadas, dando validez al mismo Abieno, hijo de Pentilo, magistratus Zoelarum (magistrado de los Zoelas), 2. En el pacto de hospitalidad de El Caurel, Lugo (28 d. C.), el pacto se realiza entre el propio Tillego, hijo de Ambato, y los magistrados (abreviatura mag. en la inscripción) de los Lougos del castellum Toletense, Latino hijo de Aro y Aio hijo de Temaro. 3. En una inscripción aparecida en Vegadeo, Asturias (Diego Santos, ERA n° 14), aparece un princeps Albionum. García y Bellido interpreta este término como un jefe o caudillo, un personaje importante de la tribu (sic) de los Albiones. Es posible que también haya un princeps en la inscripción de Paredes de Nava, Palencia (CIL II 5762), zona de unidades organizativas indígenas y no de castella.
4. En una inscripción de Lugo (CIL II 2585) es mencionado también un princeps, de acuerdo con la nueva lectura ofrecida por Arias, Le Roux y Tranoy (Les inscriptions romaines de la province de Lugo, n° 34). 5. En la Tabula Contrebiensis los contrebienses que intervienen como jueces del litigio son denominados praetor en un caso y magistratus en cinco. 6. En una inscripción de Pedrosa del Rey, zona de vadinienses y, por ello, de unidades indígenas suprafamiliares, según la lectura que de ella hacen J. Mangas y J. Vidal, por ellos publicada, tendríamos otro princeps. Probablemente haya que pensar que títulos como magistratus, praetor y princeps, todos ellos latinos, deben ser una interpretación romana de las magistraturas indígenas, que aparecen también en algunas otras áreas del Mediterráneo en las narraciones de la conquista romana .